Comunicados de prensa y declaraciones

18 de noviembre de 2004

La Corte pudo observar un derrame reciente cerca a Sacha-65, pozo que fue remediado por ChevronTexaco en 1997

El juez recordó a los peritos que deben respetar la cadena de custodia

NUEVA LOJA, Ecuador, 18 de noviembre, 2004 - La décima tercera inspección judicial, dentro del juicio ambiental que se le sigue a ChevronTexaco, se llevó a cabo en Sacha-65, un pozo inactivo, que en septiembre de 1992, PETROECUADOR lo convirtió en un pozo de inyección de agua de formación. Se trata uno de los sitios remediados por Texaco Petroleum Company (Texpet) en cumplimiento de lo acordado con el Gobierno del Ecuador en 1995. Texpet remedió una piscina y un área de suelos afectos por el petróleo. La piscina fue remediada en 1997, a través del lavado de suelo.

Cerca al pozo se pudo observar un derrame reciente de PETROECUADOR. Los rastros de la rotura en la tubería eran evidentes: árboles de más de cuatro metros de alto pintados con crudo y suelos cubiertos de petróleo. Los demandantes pidieron a la Corte que el área del derrame de PETROECUADOR no sea incluida en los reportes judiciales, sin embargo el juez, después de consultar a sus peritos, aceptó el pedido de ChevronTexaco de incluirlo.

Entre los puntos más relevantes:
  • Al inicio de la inspección judicial, Adolfo Callejas, abogado de ChevronTexaco, solicitó al Presidente de la Corte Superior de Nueva Loja, Efraín Novillo, que los peritos respeten y sigan la Cadena de Custodia de las muestras. ChevronTexaco está preocupada por la actitud del equipo técnico de los demandantes, quienes, en su criterio están tratando de dilatar el proceso, y no se han presentado a la toma de muestras, argumentado la falta de personal. Por su parte, el Juez Novillo recordó a los peritos que deben respetar la cadena de custodia y trabajar en conjunto.
  • Durante la presentación de su alegato Callejas recordó a la Corte que los mismos demandantes han aceptado que Texpet cumplió técnicamente y en buena forma con sus labores de remediación en Sacha-65, como consta en uno de los documentos presentado por ellos mismos, mediante escrito de prueba, en el cual se manifiesta que las piscinas y áreas del pozo Sacha-65 se encuentran "remediada(s) bien", y que el propietario está "conforme con la remediación" según su testimonio. "Por lo que cualquier resto de contaminación que se pueda encontrar, actualmente, en el área de Sacha-65 es responsabilidad de PETROECUADOR" añadió Callejas.
  • Durante el recorrido por el área de Sacha-65, al igual que en las inspecciones anteriores, Callejas recordó a la Corte que en este sitio PETROECUADOR ha llevado a cabo algunas labores de re - acondicionamiento; que pueden haber modificado la condición ambiental del mismo, una en agosto de 1992, y dos en septiembre de 1997. Adicionalmente, el Juez Novillo pudo observar cerca al pozo una mina de arena y una pequeña industria de bloques de cemento, donde se constató en el suelo la presencia de aceite quemado y aceite utilizado para lubricar la máquina.
  • En referencia al proceso de remediación, cuyos resultados han sido cuestionados por los demandantes, el abogado de ChevronTexaco recordó ante la Corte que sobre las piscinas y áreas remediadas se sembraron las especies vegetales que en cada sitio solicitó el propietario de la tierra, en vez de vegetación propia del área. Durante el recorrido Callejas presentó ante el Presidente de la Corte un documento firmado por la propietaria del sitio, señora Magdalena Vargas, en el cual solicita a PETROECUADOR y a TEXPET que no se siembren árboles en el área remediada, porque utilizaría el área recuperada para sembrar arroz, por su propia cuenta.

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